Texto oficial
Art. 16. Toda aeronave que pase o transite a través del
espacio atmosférico del Estado, incluso en los casos de
aterrizaje y paradas razonablemente necesarias, podrá
sustraerse al secuestro o embargo por falsificación de una
patente, dibujo o modelo relacionado con la misma aeronave,
mediante el depósito de una fianza, cuyo importe a falta de
acuerdo amistoso, se fijará en el más breve plazo posible
por la autoridad competente del lugar del embargo.