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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 221

Navegacion aerea

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5096 / 9033724.

Texto oficial

Art. 16. Toda aeronave que pase o transite a través del espacio atmosférico del Estado, incluso en los casos de aterrizaje y paradas razonablemente necesarias, podrá sustraerse al secuestro o embargo por falsificación de una patente, dibujo o modelo relacionado con la misma aeronave, mediante el depósito de una fianza, cuyo importe a falta de acuerdo amistoso, se fijará en el más breve plazo posible por la autoridad competente del lugar del embargo.