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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 223

Modifica la ley que indica, relacionada con las fabricas y maestranzas del ejercito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5104 / 7119242.

Texto oficial

Artículo 7°.- Las Fábricas y Maestranzas del Ejército tendrán un Asesor Jurídico, que desempeñará las funciones de Fiscal de la Corporación, formará parte del Consejo, con derecho a voz en las sesiones, y será responsable de la legalidad de los acuerdos que no representare.