Texto oficial
Artículo 2.o A las Municipalidades corresponderá aplicar este decreto con fuerza de ley y sus ordenanzas debiendo velar por el cumplimiento de sus disposiciones.
El Ministerio de Obras Públicas supervigilará su cumplimiento.
Fija el texto de la ley general de construcciones y urbanizacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5107 / 8784250.