Texto oficial
Artículo 73. La Ordenanza General determinará las condiciones que deberán reunir los Constructores o las Empresas Constructoras para ser considerados como tales y establecerá, además, las diversas clasificaciones de los mismos.
Fija el texto de la ley general de construcciones y urbanizacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5107 / 8784325.