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Artículo 64 del Decreto Con Fuerza de Ley 226

Decreto Con Fuerza de Ley 226

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5113 / 8731559.

Texto oficial

Art. 64. Un reglamento especial fijará los requisitos sanitarios que deben cumplir los ferrocarriles, barcos, aeroplanos o cualquier otro medio de transporte terrestre, fluvial, marítimo o aéreo que pudiera diseminar enfermedades de uno a otro territorio de la República.