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Artículo 151 del Decreto Con Fuerza de Ley 226

Decreto Con Fuerza de Ley 226

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5113 / 8731652.

Texto oficial

Art. 151. En el caso de una mercadería que haya sido desinfectada o puesta en depósito temporal, en virtud del artículo anterior, el propietario o su representante tendrá el derecho de solicitar de la autoridad sanitaria un certificado que indique las medidas adoptadas.