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Artículo 209 del Decreto Con Fuerza de Ley 226

Decreto Con Fuerza de Ley 226

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5113 / 8731713.

Texto oficial

Art. 209. Un reglamento dictado por el Presidente de la República determinará aquellas enfermedades profesionales u ocupacionales que deben ser notificadas por el médico a la autoridad sanitaria.