Texto oficial
Art. 228. Las Municipalidades quedan autorizadas para adquirir o expropiar terrenos, a fin de destinarlos a cementerios, previa autorización de la Dirección General de Sanidad.
Decreto Con Fuerza de Ley 226
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5113 / 8731734.