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Artículo 36 del Decreto Con Fuerza de Ley 238

Aprueba la ley orgánica del consejo de defensa del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5151 / 9031260.

Texto oficial

Artículo 36.o Los Tesoreros entregarán al Departamento, dentro de los plazos legales, las nóminas de los deudores morosos por impuestos con los antecedentes necesarios para la cobranza judicial. Entregarán, también, oportunamente toda documentación que afecte al movimiento de estos valores.