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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 243

Establece la indemnizacion por años de servicios para los obreros.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5170 · idParte: 8756152

Texto oficial

Artículo 9° Los gastos totales de administración que demande la aplicación de este decreto con fuerza de ley al Servicio de Seguro Social no podrán exceder del 10% de las entradas a que se refiere el artículo anterior, y no se considerarán dentro del porcentaje señalado en la letra c) del inciso 1° del artículo 59° de la ley 10.383.