Texto oficial
Artículo 7°. No será considerada como regalía la
vivienda que se proporcione al obrero cuando no cumpla con
los requisitos mínimos determinados por la Caja de la
Habitación conforme a la ley 7.600.
Establece el salario minimo para los obreros agricolas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5174 / 8988546.