Texto oficial
Artículo 11° La asignación familiar estará exenta de
toda clase de impuestos, será inembargable, y no podrá ser
considerada como salario para ningún efecto legal.
Establece la asignacion familiar para los obreros
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5177 / 9086855.