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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 249

Modifica el decreto con fuerza de ley n.o 371, de;1953

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5194 / 8255114.

Texto oficial

Artículo 2.o Agrégase al artículo 8.o del DFL 371, de 1953, sobre Impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, el siguiente número: "N.o 59. Las boletas bancarias de garantía, cuando para caucionar o garantizar al banco que las emita se hubieren otorgado documentos afectos al impuesto de los N.os 68, 97, 98 ó 185 del artículo 7.o."