Texto oficial
TITULO III {ARTS. 19-20}
De la Jerarquía en Gendarmería
Artículo 19.- La Superioridad Institucional puede existir por razones de GRADO o de MANDO.
Superior por razón de GRADO, es que tiene con respecto al otro un grado más alto en la escala jerárquica penitenciaria.
Superior por razones de MANDO, es el que ejerce autoridad en razón del cargo o función que se la ha encomendado.
Subalterno es el que tiene en relación a otro un grado inferior en la escala jerárquica penintenciaria.
Subordinado es el que está a las órdenes de un Superior.
La superioridad de grado establece el respeto del subalterno.
La superioridad de mando establece el respeto y obediencia del subordinado.