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Artículo 22 del Decreto Con Fuerza de Ley 253

Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5211 · idParte: 9058927

Texto oficial

Artículo 22.- El superior que no recurra a todos los medios para prevenir o evitar faltas o infracciones contra la disciplina, es directamente responsable de las que cometan sus subordinados.