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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 253

Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5211 / 9058940.

Texto oficial

Artículo 35.- El plazo para practicar una Investigación Sumaria será hasta de diez días, y lo fijará el Jefe que ordene instruirla. La Investigación Sumaria será realizada, en todas sus actuaciones, personalmente por el Investigador, sin intervención de actuario, y tendrá por objeto verificar la existencia de la infracción y la participación del inculpado. Si existe mérito para la formulación de cargos se le notificarán al afectado y éste deberá contestarlos por escrito dentro del plazo de dos días contados desde la notificación.