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Artículo 39 del Decreto Con Fuerza de Ley 253

Aprueba reglamento de disciplina para el personal de gendarmeria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5211 / 9058944.

Texto oficial

TITULO VII {ARTS. 39-72} Del Sumario Administrativo Artículo 39.- Procederá la instrucción del Sumario Administrativo en aquellos casos en que, a juicio del Jefe Superior del Servicio, del Director Regional o del Superior en quién se haya delegado esta atribución, no fuere posible establecer la responsabilidad administrativa mediante una simple investigación sumaria, atendida la gravedad o naturaleza de la infracción.