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Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 256

Fija el nuevo estatuto administrativo para los empleados de la administración publica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5219 / 8825120.

Texto oficial

Artículo 28. Los funcionarios que trabajen horarios parciales en más de una repartición pública y completen jornada normal no inferior a 38 horas semanales, percibirán íntegramente la asignación familiar en aquella en que disfruten de una mayor remuneración. Los empleados que presten sus servicios por hora, tienen derecho a una séptima parte de la asignación familiar por cada hora diaria de trabajo. Este inciso no se aplicará al profesorado.