Texto oficial
Artículo 64. Los empleados se separarán en cada servicio en tantos escalafones como sea necesario, atendiendo a las diferentes especialidades o cometidos funcionales.
Fija el nuevo estatuto administrativo para los empleados de la administración publica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5219 / 8825156.