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Artículo 119 del Decreto Con Fuerza de Ley 256

Fija el nuevo estatuto administrativo para los empleados de la administración publica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5219 / 8825211.

Texto oficial

Artículo 119. Los empleados que deban, en conformidad a las disposiciones vigentes, rendir caución por el desempeño de sus funciones, lo harán de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del reglamento respectivo. Esta caución se determinará siempre en relación al sueldo base asignado al cargo.