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Artículo 156 del Decreto Con Fuerza de Ley 256

Fija el nuevo estatuto administrativo para los empleados de la administración publica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5219 / 8825248.

Texto oficial

Artículo 156. Las medidas disciplinarias que se impongan a consecuencia de un sumario administrativo, podrán ser reclamadas dentro de cinco días hábiles, en solicitud fundada ante el Jefe Superior del Servicio. Las resoluciones de éste serán apelables, en la misma forma, ante la Contraloría General de la República, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la fecha de ser comunicadas al empleado. Estos plazos serán fatales. Contra las resoluciones definitivas aprobadas por la Contraloría, no procederá recurso alguno.