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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 263

Refunde y modifica las disposiciones sobre martilleros publicos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5241 / 9058996.

Texto oficial

Artículo 35.° A los remates que realice la Caja de Crédito Popular en conformidad a este Título, serán aplicables las disposiciones contenidas en los artículos 12.° al 19.° inclusives y 21.° y 22.° del presente decreto con fuerza de ley.