Texto oficial
Artículo 10.o Para los efectos de este decreto con
fuerza de ley, el Director del Servicio de Seguro Social
tiene la calidad de Vicepresidente Ejecutivo.
Fija normas sobre funciones, deberes y atribuciones de los consejos y vicepresidentes ejecutivos de las instituciones de prevision social que se indican
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5289 / 9059015.