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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 286

Fija el texto legal orgánico del servicio medico nacional de empleados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5317 · idParte: 8797289

Texto oficial

Artículo 16° Se declaran inembargables los bienes del Servicio Médico Nacional de Empleados, destinados al funcionamiento de sus servicios administrativos, médicos y dentales. El Servicio gozará de privilegio de pobreza en los juicios en que sea parte y en las actuaciones que realice ante cualquier Tribunal de la República.