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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 286

Fija el texto legal orgánico del servicio medico nacional de empleados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5317 · idParte: 8797290

Texto oficial

Artículo 17°.- Libérese de derechos de internación, ad valorem, almacenaje, estadísticas e impuestos que se perciban por intermedio de las aduanas, como también de los derechos consulares, a las importaciones de implementos, equipos y elementos médicos, dentales y terapéuticos, necesarios para la atención preventiva y curativa que deba prestar en sus establecimientos el Servicio Médico Nacional de Empleados de conformidad a las leyes.