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Artículo 43 del Decreto Con Fuerza de Ley 287

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5320 / 8825365.

Texto oficial

Artículo 43.- En todos los casos contemplados en el artículo 41, y cuando se trate de reuniones de una duración superior a los 3 meses, se podrá conceder pasajes para el cónyuge.