Saltar al contenido

Artículo 38 del Decreto Con Fuerza de Ley 299

Fija el texto definitivo de la ley de retiro y montepio del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5353 / 8988660.

Texto oficial

Artículo 38. No podrán acumularse en una persona dos o más montepíos, pero el asignatario podrá optar por el que más le convenga.