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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 303

Concede liberacion que indica a zona que señala del departamento de arica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5367 · idParte: 9083735

Texto oficial

Art�culo 4.o- La exportación de las mercaderías extranjeras nacionalizadas en la región liberada de Arica, así como la exportación de productos o manufacturas originarios o fabricados en dicha región, estarán libres de todo derecho de exportación y del impuesto establecido en la ley N.o 3.852 y sus modificaciones.