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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 305

Aprueba el texto orgánico de la linea aerea nacional-chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5373 · idParte: 8531968

Texto oficial

Artículo 14.o Antes el 1.o de Junio de cada año, el Vicepresidente Ejecutivo enviará al Presidente de la República para su aprobación, los Presupuestos Corrientes y de Capital de la Empresa para el año siguiente.