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Artículo 15 del Decreto Con Fuerza de Ley 308

Fija la ley orgánica de la direccion del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5384 · idParte: 8525346

Texto oficial

Artículo 15.o La Dirección del Trabajo deberá organizar cursos preparatorios y de perfeccionamiento tanto para los postulantes como para los funcionarios en servicio, para cuyos efectos podrá obrar en colaboración con organismos universitarios. Estos cursos se desarrollarán de acuerdo con el Reglamento que se dicte.