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Artículo 27 del Decreto Con Fuerza de Ley 321

Crea astilleros y maestranzas de la armada, denominados asmar

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5417 / 7120498.

Texto oficial

Artículo N.o 27. Créase en el Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, un ítem especial tanto en moneda nacional como extranjera para cancelar el valor de las construcciones, reparaciones, alteraciones, carenas y demás servicios que solicite la Armada de Chile para sus Unidades o Reparticiones.