Texto oficial
Artículo 40-H. Las tarifas corresponderán a aquellas
que, aplicadas a las demandas previstas para el horizonte de
planificación de la empresa eficiente, generen una
recaudación actualizada equivalente al costo total de largo
plazo respectivo, permitiendo así el autofinanciamiento.
En todo caso, en el decreto tarifario se podrá
establecer diferentes sectores tarifarios dentro de una
misma zona de concesión, así como diversos tipos de
servicio y categorías de consumidores por volúmenes de
consumo, cada uno con distintas tarifas de VAD y de
servicios afines, las cuales deberán resguardar el
autofinanciamiento señalado en el inciso anterior.