Saltar al contenido

Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 325

Determina atribuciones del servicio nacional de estadistica y censos

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5429 / 5868778.

Texto oficial

Artículo 25. Queda prohibido poner en circulación mapas y cartas geográficas con excepción de los editados por el "Instituto Geográfico Militar", en que aparezca demarcada la división territorial o que contengan datos estadísticos, sin previa visación del Servicio Nacional de Estadística y Censos.