Saltar al contenido

Artículo 94 del Decreto Con Fuerza de Ley 326

Fija disposiciones relativas a cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5434 / 7120748.

Texto oficial

Artículo 94º.- El Consejo de Administración de las cooperativas de abastecimiento de energía eléctrica tendrá la facultad de fijar libremente el precio de la energía eléctrica y de los demás bienes y servicios que proporcionen, sin otra limitación que las que impongan las leyes, especialmente la de someter a la aprobación de la Dirección General de Servicios Eléctricos las tarifas que acuerden.