Texto oficial
Artículo 31° Las medidas disciplinarias son:
a) Amonestaciones;
b) Censura por escrito;
c) Multa de uno a quince días de sueldo;
d) Suspensión del empleo hasta por un mes, sin goce de sueldo;
e) Traslado;
f) Declaración de vacancia, y
g) Separación.
El Reglamento Orgánico señalará la autoridad que deba decretarlas.