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Artículo 39 del Decreto Con Fuerza de Ley 327

Fija el texto definitivo de la ley orgánica de la empresa maritima del estado.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5436 / 8825435.

Texto oficial

Artículo 39° El Director deberá hacer presente al Gobierno oportunamente, el aporte fiscal que necesitará la Empresa para el año siguiente, de acuerdo con las previsiones presupuestarias y acompañando todos los antecedentes que justifiquen tal auxilio.