Texto oficial
ARTICULO 9° Corresponderá a la Subdirección
Administrativa, por sí o a través de los Departamentos de
su dependencia, planificar y coordinar funcionalmente las
labores administrativas del Servicio, de finanzas, bienes y
servicios; proponer los proyectos de presupuesto anual para
el Servicio, supervigilar su ejecución y las demás
funciones que le encomiende el Director.