Texto oficial
ARTICULO 12° Corresponderá a la Subdirección de
Gestión y Desarrollo de Personas, por sí o a través de
los departamentos de su dependencia, proponer y ejecutar la
política del Servicio en materia de recursos humanos,
particularmente, sobre admisión, capacitación, promoción,
traslados, destinaciones, bienestar del personal; efectuar o
encargar los estudios que se estimen necesarios para la
adecuada gestión del área y las demás funciones que le
asigne el Director.