Texto oficial
ARTICULO 16° Los Departamento Administraciones Aduanas
y las Administraciones de Aduanas estarán a cargo de un
funcionario que se denominará Jefe de Departamento
Administración Aduana y Administrador Aduana,
respectivamente.
Aprueba ley orgánica del servicio nacional de aduanas
idNorma: 5441 · idParte: 8692068