Saltar al contenido

Artículo 29 (DEL ART. 1) del Decreto 329

Aprueba ley orgánica del servicio nacional de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5441 / 8692087.

Texto oficial

ARTICULO 29° Derógase, a contar de la fecha de vigencia del presente decreto con fuerza de ley del Libro I del decreto con fuerza de ley 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas, la ley 16.521 y el decreto con fuerza de ley 9, de 1971, así como toda disposición contraria a las contenidas en éste.