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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 335

Establece funciones y estructura del consejo de fomento e investigacion agricolas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5460 / 7120910.

Texto oficial

Artículo 2.o El Consejo de Fomento e Investigación Agrícolas se relacionará con el Gobierno a través del Ministerio de Agricultura.