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Artículo 259 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8738887.

Texto oficial

Artículo 259°.- Los tres alumnos que obtuvieron las más altas calificaciones del total de los licenciados anualmente en cada una de las Escuelas Normales del Estado o reconocidas por éste, tendrán derecho a un abono de tres años de servicios, válidos sólo para los efectos de los aumentos trienales.