Texto oficial
Artículo 280°.- Los interesados enviarán directamente sus antecedentes a la respectiva Dirección y, además, enviarán copia simple de ellos al Jefe del establecimiento al cual corresponde el cargo concursado. En la Dirección de Educación Primaria, dichos antecedentes serán enviados al Director Provincial correspondiente. La circunstancia de no enviar esta copia simple no será, sin embargo, causal de eliminación del concurso.