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Artículo 285 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8738915.

Texto oficial

Artículo 285°.- En la provisión de cargos docentes en los establecimientos de Experimentación Educacional, se preferirá al personal que en ellos desempeñe sus funciones, a menos que los antecedentes de los demás concursantes fueren manifiestamente superiores.