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Artículo 286 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8738916.

Texto oficial

Artículo 286°.- Para ser nombrado en una Escuela Primaria Urbana, los egresados de Escuelas Normales Rurales deberán poseer el título respectivo de Normalista y haber servido tres años en una escuela Primaria rural o en una escuela Agrícola. Esta disposición no regirá para aquellos egresados cuyos nombramientos en determinados lugares sea recomendado por la Comisión de Medicina Preventiva.