Texto oficial
Artículo 291°.- Para los efectos de los nombramientos y ascensos, el personal docente de la Educación Primaria y de la Enseñanza Normal, se clasificará en las siguientes categorías:
Primera Categoría: Jefes de Departamentos, Visitadores y Director de la Escuela Normal Superior;
Segunda Categoría: Jefes de Sección, Directores Escolares Provinciales y de Enseñanza Indígena, Directores de Escuelas Normales Comunes, Subdirector y Asesor de la Escuela Normal Superior y Director de los Cursos Libres de Perfeccionamiento;
Tercera Categoría: Inspectores Escolares, Subdirectores de Escuelas Normales Comunes, Inspector General de la Escuela Normal Superior;
Cuarta Categoría: Inspectores Generales de las Escuelas Normales Comunes, Directores de las Escuelas de Ciegos, de Sordomudos, de Desarrollo de Lisiados y Unificados, Jefe de Orientación Profesional, Directores de Escuelas de Aplicación Anexas a las Normales, de Escuelas Experimentales y Especiales;
Quinta Categoría: Subdirectores de las Escuelas de Desarrollo, Jefes de Gabinete de Orientación Profesional y de la Sección Pedagógica, Directores de Escuelas Primarias de Primera Clase, Escuelas Hogares, Asesores Técnicos de Alfabetización, Subdirectores de Escuelas de Aplicación Anexas a las Normales, de Escuelas Experimentales y de Escuelas Especiales, en general, profesores especialistas en orientación profesional e Inspectores Profesores de la Escuela Normal Superior;
Sexta Categoría: Profesores Guías de las Escuelas de Aplicación Anexas a las Normales, de las Escuelas Experimentales y Especiales; Inspectores-Profesores de las Escuelas Normales Comunes; Jefes de Trabajos Prácticos de Escuelas de Aplicación Anexas a las Normales, Profesor-Secretario de los Cursos Libres de Perfeccionamiento; Directores de Escuelas Primarias Urbanas, Subdirectores de Escuelas Primarias de Primera Clase; Profesores de Curso; Kindergarten, Jefes de Hogares, Profesores-Inspectores especiales y de Talleres de la Escuela Ciudad del Niño "Juan A. Ríos", Profesores de la Escuela de Lisiados y del Plan Fundamental de Ancud, Jefe de Taller de Oficios Varios de la Escuela Granja N° 40 de San Carlos; y
Séptima Categoría: Directores de Escuelas Primarias Rurales de Segunda Clase; Directores de Escuelas Primarias de Tercera Clase; Profesores Comunes y Especiales de Educación Primaria, y Profesores Auxiliares de las Escuelas Normales.
Todo profesor de Educación Primaria y Auxiliar de una Escuela Normal, empezará su carrera en la Séptima Categoría.