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Artículo 349 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8738984.

Texto oficial

Artículo 349°.- Los funcionarios destinados al exterior gozarán de una asignación de establecimiento de un mes y medio de su sueldo base en caso de ser casados o viudos con familia que viva a sus expensas y de un mes, en caso de ser solteros, casados o viudos que viajen sin su familia. El funcionario que fuere cambiado de destino antes de dos años, a su pedido, no tendrá derecho a nuevas expensas, salvo en los casos de causas graves calificadas por el Ministerio.