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Artículo 369 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5469 · idParte: 8739005

Texto oficial

Artículo 369°.- Para los efectos de lo dispuesto en la letra b) del artículo 16° del presente Estatuto, son empleados de libre designación los que deben nombrarse con acuerdo del respectivo Consejo.