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Artículo 375 del Decreto Con Fuerza de Ley 338

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5469 / 8739011.

Texto oficial

Artículo 375°.- El personal secundario o de servicios menores que es el encargado de la vigilancia, aseo, conducción de vehículos, reparaciones menores, manejo de calderas y, en general, de otras funciones materiales de orden subalterno, estará sujeto especialmente a las disposiciones de este Título, cualesquiera que sean las denominaciones o ubicación de los cargos orgánicos o planta de los Servicios.