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Artículo 18 del Decreto Con Fuerza de Ley 343

Determina organizacion y atribuciones de la subsecretaria de transportes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5479 / 8988771.

Texto oficial

Artículo 18°. En materias de aviación internacional, y en lo relacionado con la Organización de Aviación Civil Internacional, la Junta procederá de acuerdo con los Ministerios de Defensa Nacional, de Relaciones Exteriores y de Economía.